AYUDAS Y SUBVENCIONES

Aquí se entra dentro de los posibles apoyos que se pueden buscar a través de las distintas administraciones públicas locales, provinciales, regionales y de mayor carácter. La Internet nos ofrece la posibilidad de realizar esa búsqueda adaptada a cada situación.

La baza del Plan de Vivienda 2018-2021

El Gobierno aprobó a principios del año pasado un nuevo Plan Estatal de Vivienda para el periodo 2018-2021 que incluye ayudas directas para los jóvenes (menores de 35 años) que compren una vivienda en zonas rurales. En concreto, se trata de una subvención de hasta 10.800 euros para adquirir un inmueble en municipios de menos de 5.000 habitantes y cuyo precio sea inferior a 100.000 euros, sin olvidar que los ingresos no pueden superar tres veces el IPREM en 14 pagas con carácter general. El límite se amplía a cuatro veces el IPREM para las familias numerosas o que tengan algún miembro con una discapacidad de al menos el 33%; y sube a cinco veces para las familias con cuatro hijos o más o algún miembro con discapacidad severa.

Sólo siete CCAA ofrecen algún tipo de incentivos fiscales para vivir en zonas rurales, y la lista de requisitos para poder aplicarlos no es precisamente corta. Repasamos qué bonificaciones hay en la declaración de la renta 2018:

Aragón: para los jóvenes que compren o rehabiliten una casa

Aragón tiene una deducción específica por comprar o rehabilitar la vivienda habitual en núcleos rurales. Permite deducirse un 5% de las cantidades satisfechas por la compra o la rehabilitación de la casa que sea o vaya a ser la vivienda habitual del contribuyente, siempre y cuando cumple estos requisitos: que sea menor de 36 años, que se trate de su primera vivienda (el contribuyente no puede haber sido propietario de otra casa, haya sido su vivienda habitual o no) y que el contribuyente tenga su residencia habitual en esta autonomía.

Además, la casa debe estar ubicada en municipios de menos de 3.000 habitantes o bien en una entidad local menor o en una entidad singular de población, separada de la capital del municipio al que pertenecen, siguiendo las directrices que marca la normativa sobre Administración Local de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Suma y sigue, porque hay más: la suma de la base imponible general y del ahorro, menos el mínimo por contribuyente y el mínimo por descendientes (esto es, (la suma de las casillas 0435 y 0460 de las páginas 13 y 14 de la declaración, menos las casillas 0511 y 0513 de la página 15) no superen los 21.000 euros en la declaración individual o los 35.000 euros en la conjunta.

La Agencia Tributaria también hace otra puntualización: los conceptos de adquisición, rehabilitación, vivienda habitual, base de deducción y su límite máximo, serán los fijados por la normativa estatal vigente a 31 de diciembre de 2012 para la deducción por inversión en vivienda habitual.

Asturias: por alquilar una casa

La región tiene una deducción específica relacionada con el alquiler de vivienda en zonas rurales. En concreto, permite deducirse un 15%, con un límite de 606 euros, para los inquilinos que residan en municipios de menos de 3.000 habitantes, siempre que se cumplan varios requisitos: por un lado, que la suma de las bases imponibles general y del ahorro (esto es, las casillas 0435 y 0460 de las páginas 13 y 14 de la declaración) no supere los 25.009 euros en tributación individual o los 35.240 euros en tributación conjunta.

Además, las cantidades satisfechas en concepto de alquiler deben exceder el 10% de la base imponible del período impositivo. También es necesario aportar el NIF o NIE del arrendador en la casilla 1122 (y la 1125 si existiera un segundo).

Los contribuyentes que residan en Asturias también tiene disponible una deducción por donar fincas rústicas al Principado y otra por las inversiones para conseguir el certificado de la gestión forestal sostenible de los montes de los que sean dueños.

Castilla-La Mancha: para los jóvenes que alquilen una casa

La región solo tiene disponible una deducción relacionada con el mundo rural: se trata de una bonificación por el alquiler de la vivienda habitual para los menores de 36 años. En concreto, el contribuyente puede deducirse el 20% de las cantidades satisfechas durante 2018, con un máximo de 612 euros, siempre que se den alguno de estos supuestos: que el domicilio se encuentre en una población de menos de 2.500 habitantes, o de una que tenga entre 2.500 y 10.000 habitantes y se encuentre a más de 30 kilómetros de un municipio con más de 50.000. La Agencia Tributaria recuerda que se tomará como referencia el padrón municipal existente a 1 de enero de 2012.

A estas condiciones se suman varias más: la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente, menos el mínimo por descendientes (esto es, la suma de las casillas 0435 y 0460 de las páginas 13 y 14 de la declaración, menos la 0514 de la página 15) no puede superar los 12.500 euros en tributación individual ni 25.000 euros en caso de tributación conjunta. Además, es necesario aportar la identificación del arrendador (deberá hacerse constar el NIF/NIE del arrendador en la casilla 1122, y en la 1125 si existe un segundo arrendador), y que se haya presentado la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), un tributo que también afecta al alquiler.

Castilla y León: para los jóvenes que compren o rehabiliten una casa

La autonomía tiene una deducción del 15% de las cantidades aportadas por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que vaya a convertirse en la residencia habitual del contribuyente. También resulta aplicable en los supuestos de construcción de la casa que vaya a ser el domicilio habitual.

Eso sí, siempre y cuando se cumplan algunos requisitos: por ejemplo, que el contribuyente sea menor de 36 años, que se trate de su primera vivienda habitual (no puede haber tenido en el pasado el derecho de plena propiedad del 50% o más de otra casa) y que el municipio tenga menos de 10.000 habitantes. El fisco tendrá en cuenta los datos del Portal Tributario de la Junta de Castilla y León, que se actualizan anualmente y asegura que esta condición deberá cumplirse en el momento de la compra o rehabilitación de la casa, o bien, cuando se realice el primer pago para la construcción de la misma.

Pero aún hay más requisitos: para las compras realizadas después del 1 de enero de 2016, el valor de la vivienda no puede superar los 135.000 euros y que se trate de una vivienda de nueva construcción o de una rehabilitación calificada como actuación protegible al amparo de los correspondientes planes estatales o autonómicos de vivienda, según recalca la Agencia Tributaria.

Además, también hay un requisito económico: con carácter general, para poder aplicarse esta bonificación, la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar (suma de las casillas 0435 y 0460 de las páginas 13 y 14 de la declaración, menos el importe de la casilla 0519 de la página 15) no puede superar los 18.900 euros en tributación individual o 31.500 euros en la conjunta.

La base máxima de la deducción es de 9.040 euros anuales (la misma cantidad que la existente para la deducción por compra de vivienda a nivel estatal), que incluye no solo la compra, sino también la hipoteca, la amortización, los intereses…

En el caso de la rehabilitación también hay letra pequeña: el fisco entiende por una obra de rehabilitación cuando más del 50% del proyecto se corresponde con obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubiertas o con obras análogas o conexas a las de rehabilitación. Además, el coste total de las obras a que se refiera el proyecto exceda del 25% del precio de adquisición de la edificación si se hubiese efectuado aquélla durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la edificación o parte de la misma en el momento de dicho inicio.

Por último, el fisco recalca que la aplicación de la deducción “está condicionada a que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente al finalizar el período de la imposición exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo al menos en la cuantía de las inversiones realizadas, sin computar los intereses y demás gastos de financiación”.

Extremadura: para los jóvenes que compren, rehabiliten o alquilen una casa

La región hace una mención especial a las zonas rurales en la deducción que ofrece a los jóvenes que compren o rehabiliten una vivienda en las poblaciones con menos de 3.000 habitantes, siempre que la operación se haya realizado a partir del 1 de enero de 2015. En ese caso, el contribuyente puede deducirse un 5% de las cantidades aportadas.

La base máxima de la deducción es de 9.040 euros, la misma que establece la deducción de vivienda habitual contemplada en la normativa estatal y que actualmente solo está en vigor para las operaciones anteriores a 2013.

Además, los jóvenes deben tener menos de 36 años y debe ser su primera vivienda, que además debe ser nueva. Por si fuera poco, la suma de la base imponible general y del ahorro (es decir, las casillas 0435 y 0460 de las páginas 13 y 14 de la declaración) no debe ser superior a 19.000 euros en tributación individual y 24.000 euros en tributación conjunta.

Por otro lado, la región también ofrece una deducción por alquiler de vivienda habitual en aquellos municipios de menos de 3.000 habitantes. En ese caso, el contribuyente puede deducirse el 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 400 euros (en el caso de la ciudad es un 5%, con un límite de 300 euros).

Para poder aplicarse esta bonificación, el contribuyente debe cumplir alguno de estos requisitos: ser menos de 36 años, que forme parte de una familia que tenga la consideración legal de numerosa o que padezca una discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%. También debe tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, que se haya pagado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que el contribuyente no tenga derecho a una deducción por inversión en vivienda y que no tenga pleno dominio o derecho real de uso o disfrute de otra casa que esté a menos de 75 kilómetros de la casa arrendada.

Por si fuera poco, la suma de las bases imponibles general y del ahorro (es decir, las casillas 0435 y 0460 de las páginas 13 y 14 de la declaración) no supere los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 euros en tributación conjunta. Por último, cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a aplicarse la deducción sobre el mismo bien, su importe se prorrateará a partes iguales.

La Rioja: por comprar, construir o rehabilitar una casa

Otra autonomía que tiene una deducción específica para la vivienda en pequeños municipios es La Rioja, que permite a los contribuyentes deducirse un 5% de las cantidades aportadas durante 2018, con un límite máximo de deducción aplicable es de 452 euros.

Para ello, se deben cumplir algunos requisitos: que el contribuyente tenga su residencia habitual en la autonomía, que la compra, rehabilitación o el inicio de la construcción se haya llevado a cabo a partir de enero de 2017, que se trate de la residencia habitual del contribuyente y que esté en municipios de tamaño reducido. En este caso, la Agencia Tributaria incluye un listado en la página 783 del manual práctico de la Renta 2018, y exige a los contribuyentes que deben consignar en la casilla 1068 el código correspondiente al municipio en el que se encuentre el inmueble.

A diferencia de otras regiones, La Rioja no limita esta deducción únicamente a los jóvenes. De hecho, no establece límites de edad.

Por otro lado, la autonomía también ofrece deducciones por los gastos en escuelas o centros infantiles o por el personal contratado para el cuidado de menores de hasta tres años, siempre que los contribuyentes fijen su residencia habitual en pequeños municipios. En este caso, bonifica un 30% de los gastos, con un máximo aplicable de 600 euros por cada menor, siempre que la base liquidable general sometida a tributación no supere los 18.030 euros de forma individual o los 30.050 euros en la conjunta, y que la base liquidable del ahorro sea inferior a 1.800 euros. De nuevo, se deberá consignar el código del municipio, aunque en este caso en la casilla 1071.

También para estas familias hay deducciones por cada menor de tres años que tengan a cargo, basada en 100 euros mensuales por cada hijo. Hay que consignar el nombre del municipio en la casilla 1073 de la declaración.

Para los menores de 36 años emancipados que residan de forma habitual en un pequeño municipio también está disponible una deducción por dar de alta Internet y las cuotas de un año, de hasta el 40% de los gastos de 2018, así como una deducción del 20% de los gastos de la luz y el gas. Es necesario consignar la localidad en la casilla 1204 de la declaración (Internet) y en la 1205 (luz y gas), y que la vivienda sea la habitual del contribuyente, sin que ejerza en ella una actividad económica.

Otra de las deducciones disponibles en La Rioja es por comprar, rehabilitar, ampliar o construir una segunda vivienda en el medio rural. En concreto, el contribuyente se puede deducir un 8% de las cantidades aportadas, con un límite aplicable de 450,76 euros anuales, siempre que la vivienda esté en un municipio distinto al de su residencia habitual y sea su única segunda vivienda en el medio rural. Otro de los requisitos es que la operación debe haberse realizado antes de 2013, y el municipio debe estar consignado en la casilla 1064.

Navarra: para compra de una vivienda

Una de las deducciones que todavía permite la comunidad foral es la deducción por la compra de vivienda habitual en aquellos municipios con menos de 10.000 habitantes, y siempre que en ellos no haya vivienda protegida, y siempre que la adquisición se haya realizado antes de 2018. La bonificación es de un 15% de las cantidades aportadas y, con carácter general, solo se la pueden aplicar los contribuyentes cuya base imponible más la general no supere los 24.000 euros en tributación individual o 48.000 euros en la conjunta. Dichas cifras se incrementan según el número de hijos.